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Ciudadanía: preguntas frecuentes

El siguiente es un listado con las preguntas frecuentes que recibimos de los interesados en obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana. Por último encontrará algunas consultas de quienes ya son ciudadanos italianos.

¿Qué necesito para solicitar el reconocimiento de la ciudadanía como descendiente de antepasado italiano?

Usted encontrará los requisitos presionando aquí. Tenga en cuenta que, en algunos casos particulares, podría serle solicitada documentación adicional.

¿Dónde debo solicitar el reconocimiento de la ciudadanía italiana?

Usted debe realizar su trámite ante la autoridad italiana de su lugar de residencia (ver aquí). Puede presentar su solicitud en esta Agencia Consular solamente si Usted es residente desde hace más de seis meses en nuestra jurisdicción consular, conformada por:

-MORON: Morón, Castelar, Haedo, Villa Sarmiento, El Palomar.

-LA MATANZA: San Justo, Gregorio de Laferrere, Isidro Casanova, La Tablada, Ciudad Madero, Virrey del Pino, Aldo Bonzi, González Catán, Ramos Mejía, Rafael Castillo, Villa Luzuriaga, Ciudad Evita, Tapiales, 20 de Junio, Lomas del Mirador, Loma del Millón, Villa Celina, Villa Luzuriaga, Villa Insuperable.

-ITUZAINGO: Ituzaingó, Villa Udaondo.

-HURLINGHAM: Hurlingham, Ciudad de Villa Tesei, William Morris.

¿Puedo solicitar el reconocimiento de la ciudadanía si no he actualizado mi domicilio en el DNI?

NO. Para realizar el trámite Usted deberá presentar su DNI con domicilio real y efectivo actualizado. Del mismo modo, los DNI del resto de su familia deberán ser presentados con domicilio actualizado. La fecha de expedición de los DNI deberá ser superior a los seis meses. En caso de haber cambiado recientemente de domicilio dentro de esta jurisdicción consular, deberá presentar su actual DNI más el anterior, para así demostrar su residencia en nuestra jurisdicción territorial no menor a los seis meses.

¿Debo abonar para solicitar el reconocimiento de la ciudadanía como descendiente de antepasado italiano?

Sí. La solicitud de reconocimiento de ciudadanía italiana de toda persona mayor de 18 años está sujeta al pago de una tasa consular equivalente a 300 euros a abonarse en pesos argentinos.

La inscripción de hijos menores de 18 años es gratuita y los padres pueden solicitarla en el marco de su propia solicitud o posteriormente, a través de la Oficina “Anagrafe/Stato Civile”

Si otro familiar ya presentó la documentación de mis ascendientes en la Agencia Consular de Morón, ¿debo volver a presentarla?

En principio, la documentación ya presentada en esta Agencia Consular NO le será requerida nuevamente. El día del turno deberá indicar los datos de su familiar o el número de expediente a fin verificar la documentación ya presentada. Si fuera necesario se le podrá indicar completar/actualizar documentación.

Si mi hermano/a o padre/madre solicita el reconocimiento de la ciudadanía conmigo en la Agencia Consular de Morón, ¿debemos presentar la documentación por duplicado?

NO. Para trámites a realizarse en esta Agencia Consular de Morón la documentación de los ascendientes en común se deberá presentar solamente una vez.

Si la documentación de mis antepasados ya fue presentada en otro consulado, ¿puedo utilizarla para el trámite que realizaré en la Agencia Consular de Morón?

NO. La documentación presentada en otra sede consular no puede ser utilizada para trámites a realizarse en esta Agencia Consular. Será necesario, como trámite independiente, que Ud. presente la documentación completa indicada aquí.

¿Existe una instancia previa al turno donde puedan verificar mi documentación, ya sea de manera presencial o enviándola por correo electrónico?

NO. La documentación será evaluada solamente el día de su turno, previo pago del arancel consular correspondiente al trámite de ciudadanía. En esa instancia se indicará, si fuera necesario, la realización de rectificaciones en las actas o el aporte de documentación adicional.

¿Es necesario que mi padre/madre solicite el reconocimiento de la ciudadanía para que yo pueda hacerlo?

NO, no es necesario. De todos modos, tal como está indicado en los requisitos (ver aquí), Usted deberá de presentar fotocopia simple del DNI y las actas de su padre/madre, descendiente del ciudadano italiano.

¿Puedo solicitar turno para el mismo día que mi padre/madre o hijo?

SÍ. Cada solicitante de 18 años o más debe solicitar un turno a su nombre. Otros familiares podrán solicitar su propio turno para el mismo u otro día. En el trámite de cada solicitante podrá incluirse la solicitud del reconocimiento de la ciudadanía para los hijos menores de 18 años, para los cuales NO deberá solicitar un turno individual.

Si estoy casado/a con un ciudadano/a italiano/a, ¿puedo solicitar la ciudadanía italiana?

Sí. A las mujeres que hayan contraído matrimonio con un ciudadano italiano antes del 27.04.1983 (si no se disolvió el vínculo por separación, divorcio o muerte del cónyuge antes de esa fecha) les corresponde la ciudadanía de manera directa. Puede consultar la documentación solicitada aquí, en el punto 7.1

Las mujeres casadas con ciudadano/a italiano/a después del 27.04.1983 y los hombres casados con un/a ciudadano/a italiano/a -independientemente de la fecha del matrimonio- podrán solicitar la ciudadanía por naturalización siguiendo los pasos indicados en el punto 7.2 aquí.

Ud. encontrará información adicional sobre el procedimiento para solicitar la Naturalización por matrimonio presionando aquí

Estoy unido civilmente/en unión convivencial con un/a ciudadano/a italiano/a, ¿puedo solicitar la Naturalización por matrimonio?

No. Sólo el matrimonio con un/a ciudadano/a italiano/a da derecho al cónyuge extranjero a solicitar la Naturalización por matrimonio.

¿Cómo obtengo la partida/acta de nacimiento de mi ascendiente nacido en Italia?

Es necesario que Ud. se contacte directamente, incluso por correo postal, con la Comuna de nacimiento de su ascendiente y solicite el acta de nacimiento. La nota puede ser redactada según este modelo.

Es imprescindible que Ud. obtenga el acta en soporte papel con la legalización de la Comuna correspondiente. No se aceptan documentos recibidos por correo electrónico o por PEC; puesto que tampoco las aceptan las autoridades argentinas, Ud. podrá solicitarla “da valere all’estero”.

¿Cómo averiguo el lugar de nacimiento de mi ascendiente?
Debe analizar recuerdos y documentos familiares, pasaporte de entrada al país, actas de Registro Civil de su ascendiente, archivos eclesiásticos o militares, etc. donde se indique el lugar de nacimiento.

Las autoridades diplomático-consulares no poseen ninguna lista de italianos emigrados en Argentina, por lo tanto la búsqueda de los ascendientes está a cargo y bajo la total responsabilidad de los interesados.

¿Es necesario que las traducciones estén hechas por traductores matriculados?

Si bien no es obligatorio, se sugiere que la traducción sea realizada por un traductor matriculado en el registro de traductores públicos. La oficina de ciudadanía revisará todas las traducciones mas no realizará correcciones, por lo que aquellas que presentaran errores serán rechazadas.

Tengo toda la documentación traducida hace mucho tiempo y solo ahora puedo presentar la solicitud. Los documentos, ¿son todavía válidos?

En principio, la documentación es válida a menos que en el transcurso se hayan producido cambios en el contenido de las actas o se hayan agregado notas marginales. En ese caso es necesario solicitar la documentación actualizada.

Las traducciones son siempre válidas, pero si se ha actualizado la documentación, también deberán actualizarse las traducciones.

YA SOY CIUDADANO ITALIANO:

¿Qué necesito para solicitar la inscripción de un hijo menor de 18 años?

Si Usted es ciudadano italiano correctamente inscripto en esta Agencia Consular, deberá registrar el nacimiento de sus hijos menores presentando la documentación requerida por la Oficina “Anagrafe/Stato Civile” detallada aquí.

¿Qué debo hacer si he cambiado de estado civil?

Si Usted ha contraído matrimonio, deberá presentar:

– acta de matrimonio digital/electrónica, traducida al italiano
– DNI suyo y de su cónyuge, con dirección actualizada

Si Usted se ha divorciado, deberá presentar la Sentencia de divorcio tal como se indica aquí.

En caso de viudez, si su cónyuge era ciudadano italiano, deberá presentar el acta de defunción digital/electrónica, traducida al italiano. Si, en cambio, su cónyuge no era ciudadano italiano, será suficiente presentar una fotocopia de la partida de defunción que, en este caso, no necesita ser traducida.

En caso de estar en Unión convivencial, Ud. puede registrar dicha situación en la Agencia Consular, presentando el acta traducida al italiano, su DNI y el de su pareja, en los cuales debe constar el mismo domicilio, pero esto no cambia su estado civil y el acta no es transmitida a la Comuna de referencia.

¿Qué debo hacer si he cambiado de domicilio?

Si Usted ha cambiado domicilio dentro de nuestra jurisdicción territorial consular, deberá informar el cambio a través del portal FAST IT (si Usted no posee aún un usuario en dicho portal, deberá crearlo registrándose con su nombre tal como figura en su acta de nacimiento y, a continuación, seleccionar “Comunicare la variazione della propria residenza”, adjuntando la documentación requerida).
Si, en cambio, Usted se ha mudado hacia nuestra circunscripción territorial desde otra jurisdicción consular o desde Italia, deberá gestionar un usuario a través de la plataforma FAST IT, con su nombre tal como figura en su acta de nacimiento, y luego solicitar su inscripción al AIRE.