Inscripción de las actas de Estado Civil
El ciudadano italiano residente en el exterior, registrado en la Anagrafe de los Italianos Residentes en el Exterior - A.I.R.E. (véase Anagrafe), deberá mantener su expediente actualizado y registrar las modificaciones ocurridas en su estado civil (nacimientos, adopciones, matrimonios, divorcios, defunciones).
- MATRIMONIO
- Acta de matrimonio original traducida correctamente al italiano.
- DNI vigente con la dirección actualizada
Los hijos de ciudadanos italianos, ambos padres o al menos uno de ellos, aunque nacidos en el exterior y eventualmente poseedores de otra ciudadanía, son ciudadanos italianos. Por lo tanto su nacimiento deberá ser registrado en Italia.
Para efectuar la comunicación, es necesario presentar los siguientes documentos:
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- Acta de nacimiento
- Eventual acta de matrimonio de los padres (si no fue presentada con anterioridad)
- DNI vigente con el domicilio actualizado (con fotocopia)
Si el menor no cohabita con ambos padres, el padre que no cohabita debe firmar la solicitud de inscripción al AIRE (Véase Anagrafe).
Las actas argentinas (no se aceptan certificados) deben presentarse en original, traducidas correctamente al italiano.
Las actas emitidas antes del 01.07.1990 deberán estar legalizadas con la “Apostilla de la Haya”.
- DIVORCIO
- Sentencia Completa Original (deberá contener los siguientes párrafos: AUTOS; VISTOS; CONSIDERANDO; FALLO) certificada por el Juzgado competente. De existir sentencia de separación legal según el art. 67/bis, presentar inclusive la misma.
- En presencia de hijos menores, la sentencia tendrá que especificar la tenencia de los mismos.
- En la sentencia, o en una declaración judicial anexa, deberá constar que la misma se encuentra FIRME o CONSENTIDA o EJECUTORIADA o que reviste carácter de COSA JUZGADA.
- La sentencia se deberá legalizar ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Departamento Judicial correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 821), o ante cualquier Colegio de Escribanos, con “Apostilla” de la Haya.
- Toda la documentación deberá ser traducids correctamente al italiano.
- ADOPCION
- Sentencia Completa Original (deberá contener los siguientes párrafos: AUTOS; VISTOS; CONSIDERANDO; FALLO) certificada por el Juzgado competente y acompañada por la partida (acta) de nacimiento original.
- La sentencia tendrá que especificar el estado de abandono del menor o la autorización de al menos uno de los padres a la adopción.
- En la sentencia (o en una declaración judicial anexa) deberá constar que la misma se encuentra FIRME o CONSENTIDA o EJECUTORIADA o que reviste el carácter de COSA JUZGADA.
- La sentencia se deberá Legalizar ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Departamento Judicial correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 821), o ante cualquier Colegio de Escribanos, con “Apostilla” de la Haya.
- Toda la documentación deberá ser traducids correctamente al italiano.
Se informa que, a partir de la entrada en vigencia del Decreto del Presidente del Consiglio dei Ministri del 23 de julio de 2016, n. 144, publicado en la G.U. n.175 del 28 de julio de 2016 y vigente desde el 29/07/2016, será posible solicitar la inscripción de los matrimonios y de las uniones civiles entre personas del mismo sexo (matrimonio igualitario) celebrados en la República Argentina, en virtud de la ley n.76 del 20 de mayo de 2016, en los registros provisorios de las uniones civiles instituidos en las Comunas Italianas. Cabe señalar que el ciudadano italiano quien aquí o en otro Estado (fuera de Italia) haya contraído matrimonio o unión civil conforme a la ley local incluso antes de la entrada en vigencia de la ley 76/2016, tiene la obligación de informarlo a la sede Consular competente por residencia.
Para poder registrar la unión civil o matrimonio entre personas del mismo sexo, es necesario presentar personalmente en la Agencia Consular, la siguiente documentación:
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- Acta de unión civil o matrimonio, en original y con traducción completa en idioma italiano;
- Declaración jurada donde se compruebe la efectiva ciudadanía italiana de al menos uno de los contrayentes (solo si no resulta/n ya inscripto/s en el Anagrafe Consular)
Además será posible dar curso, a través de esta Agencia Consular, a las solicitudes de constitución de uniones civiles entre personas del mismo sexo, cuando al menos una de ellas posea ya la ciudadanía italiana y resulte residente en esta circunscripción consular.
La ley del 20 de Mayo de 2016, nro.76, regula también las convivencias de hecho como nueva institución que prevé algunos derechos y facultades que emanan del hecho demostrable de una convivencia estable así como también de la existencia de un vinculo afectivo como pareja.
CÓMO PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN:
¡ATENCIÓN! ya no es posible reservar un turno virtual a través de la plataforma prenot@mi para la oficina Estado Civil.
Para registrar en Italia actas de estado civil (nacimiento de hijos menores de edad, matrimonio, divorcio, adopción, defunción), otorgadas por las autoridades argentinas en formato electrónico (por ejemplo a través del sistema GEDO) donde figura el código de verificación, será necesario presentarlas a través del portal Fast It, adjuntando la siguiente documentación:
- solicitud descargable aquí, completada en letra de imprenta, firmada y fechada.
- acta (partida) y/o sentencia original acompañada de su traducción al italiano.
- copia del DNI, frente y dorso (de ambos padres y del/los hijo/s en el caso de solicitud de transcripción de un acta de nacimiento).
Los DNI del grupo familiar deberán ser escaneados todos juntos en un único archivo en formato .pdf , así como cada acto con la relativa traducción. El nombre de cada archivo deberá contener el apellido de quien firma la solicitud.
Las actas y las sentencias no digitales, que no presenten el código de verificación, podrán ser presentadas a través de Fast It y luego el interesado será convocado vía email para la entrega de los originales
Los mismos serán retenidos por este consulado y no serán devueltos.
Asimismo, las actas de matrimonio (que no estén acompañadas de actas de nacimiento de hijos menores) y las actas de defunción, traducidas al italiano, podrán ser entregadas SIN TURNO en la Agencia Consular de Italia en Morón, los días lunes, martes, jueves y viernes, de 9 a 11:30 hs., acompañadas de una copia del DNI del interesado, o podrán ser enviadas por correo a nuestras oficinas (Rep. Oriental del Uruguay 129 - Moron-), adjuntando el formulario descargable aquí.
- Registro Nacional de Reincidencia
Av. Rivadavia 17602 (Morón)
Tucumán 1353 (Cap. Fed.)
- Cámara Nacional Electoral
L. N. Alem 232
C.A.B.A.
- Dirección Nacional de Migraciones
Hipólito Irigoyen 952
C.A.B.A.
- Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (para Apostilla)
Arenales 961
C.A.B.A