La Ley del 23 de agosto 2004, n. 226 (G.U. n. 204 del 31.08.2004), dispone, desde el 1ro de enero 2005, la suspensión anticipada del servicio militar obligatorio y la institución del servicio militar profesional.
Los ciudadanos italianos que intendan reempatriar para hacer el servicio militar voluntario, no podrán hacer uso de los beneficios previstos por la ley 433/66 que disciplina el reempatrio subencionado por el Estado italiano exclusivamente para las obligaciones del servicio militar.