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Autorización de viaje a menores

Hasta el cumplimiento de los 14 años de edad, los menores italianos pueden viajar fuera de las fronteras de su país de residencia con la condición de que viajen acompañados por lo menos por uno de los padres o por su tutor. De lo contrario, los padres o tutor deben completar en esta sede una “Declaración de acompañiamiento» con los datos de la persona, del ente o de la compañía de transporte que se encargará del menor durante el viaje.
En caso de que los padres o tutores sean residentes en la circunscripción consular de esta Agencia, la declaración deberá hacerse personalmente previa reserva de un turno para la Oficina Notarial escribiendo a studi-notarile.moron@esteri.it y firmada en presencia del funcionario. Si el padre o tutor no es ciudadano de un país de la UE, su firma debe ser autenticada. Deben adjuntarse a la declaración, copias de los documentos de identidad de los acompañantes.
La declaración de acompañamiento puede ser emitida para un solo viaje (debe entenderse para egreso y/o ingreso) del país de residencia del menor con un destino determinado y no puede exceder, por norma, el término máximo de seis meses. En ningún caso puede exceder la fecha de vencimiento del pasaporte del menor.
Los que ejerzan la patria potestad o tutela de un menor, pueden solicitar que los nombres de los acompañantes (hasta un máximo de dos), la duración del viaje y el destino se impriman en el pasaporte del menor o bien, que dichos datos figuren en una constancia por separado que será emitida por la Oficina competente.

En el caso en que el menor sea confiado a un ente o una compañía de transporte, para garantizar de forma completa y legítima los datos relativos al viaje, solo se emitirá la mencionada constancia.
Se sugiere que, antes de comprar el pasaje, se contacte con la compañía de transporte, para verificar las condiciones establecidas por la misma compañía para ejercer la tutela del menor durante el viaje.

Los menores de edad con doble ciudadanía que deban viajar solos o acompañados por uno de los padres deberán presentar ante la Autoridades de frontera una autorización de ambos padres producida ante un escribano argentino.
Si uno de los padres se encontrare en el exterior, deberá enviar la autorización de viaje realizada ante las autoridades consulares argentinas del país donde tiene residencia.