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Actas de matrimonio / Uniones Civiles

  • Actas emitidas con el sistema GEDO con traducción integral (tanto del acta como de la firma digital emitida por la oficina local del “Registro Civil”);
  • Actas emitidas con firma ológrafa provistas de Apostilla digital emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores o por el Colegio de Escribanos, con traducción integral (tanto del acta como de la Apostilla Digital).

Deben ser transmitidos a Italia todos los matrimonios celebrados; no es posible transmitir un matrimonio sin haber presentado previamente un matrimonio anterior o una sentencia de divorcio.

El “matrimonio igualitario” se transmite en Italia como una “UNIÓN CIVIL”, ya que corresponde al mismo acto jurídico.

Las “Uniones Civiles” entre personas de distinto sexo (según la normativa argentina) o convivencias de hecho serán aceptadas únicamente con el fin de su anotación como convivencia en el registro consular, por lo tanto no requieren traducción y su presentación es opcional.


La documentación detallada deberá estar SIEMPRE acompañada de:

    • Autocertificación debidamente completada y firmada (en caso de no conocer el Municipio de referencia en Italia, ese campo puede dejarse sin completar);

    • Copia del DNI (anverso y reverso) de todos los integrantes del núcleo familiar;

    • Documentación que acredite la residencia dentro de la Circunscripción de la Agencia Consular en Morón.