• Conformidad de traducción de partidas de estado civil
Pueden ser certificadas en conformidad con el original, las traducciones adjuntas a actas del Registro Civil (“partidas”, no “certificados”) originales: nacimiento, matrimonio, defunción.
Las actas del Registro Civil emitidas por autoridades argentinas que deberán ser presentadas en el exterior, deberán estar legalizadas con Apostille y luego traducidas al italiano. La Apostille es emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores (sito en la calle Esmeralda 1214 – Buenos Aires – www.mrecig.gov.ar ). Allí donde fuere necesario un traductor se ruega consultar la siguiente página: www.traductores.org.ar
• Conformidad de traducción de actas NO emitidas por el Registro Civil;
a) Declaraciones y/o Poder suscripto ante Escribano argentino.
El interesado deberá presentarse con el original del poder/Declaración con las siguientes legalizaciones en el orden indicado:
- Colegio de Escribanos;
- Apostille de La Haya. Colocada por el Ministerio de Relaciones Exteriores (situado en la calle Esmeralda 1214, Buenos Aires www.mrecic.gov.ar ); en el caso de poderes firmados ante un Escribano, esta legalización puede ser realizada en el mismo Colegio de Escribanos donde está matriculado;
- Traducción al italiano. (Para buscar un traductor consultar la página www.traductores.org.ar )
Sólo una vez perfeccionado el documento en el modo apenas mencionado, podrá solicitar un turno para la conformidad de traducción.
b) Certificados Médicos. Los mismos deberán ser presentados con firma y sello en original del médico, legalizados en el Ministerio de Salud, luego Apostille emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y por último traducido al italiano.
c) Sentencias. Las mismas deberán ser presentadas en original, legalizadas por la correspondiente Cámara de Apelaciones, luego Apostille de La Haya emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y por último traducido al italiano.
d) Antecedentes Penales. El certificado de antecedentes deberá ser presentado en original, legalizado con Apostille de La Haya y luego traducido al italiano
Turnos: los usuarios, con documento de identidad con residencia en nuestra circunscripción consular, que necesiten realizar la conformidad de traducción de documentos emitidos por autoridades argentinas, seguidas de apostilla y traducción al italiano, deberán crearse un usuario en la plataforma de turnos Prenot@mi y seleccionar el servicio “Legalizaciones/Conformidad de traducción”.
El turno tomado será únicamente para entregar la documentación para su debido control. Concluido el mismo, un operador se contactará por mail para la asignación del turno para terminar el trámite.
Se recuerda que la conformidad de traducción puede sustituirse por la legalización por parte del Colegio de Traductores Públicos y la posterior apostilla (emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y por los Colegios de Escribanos).
ATENCIÓN: Para proceder con la conformidad de las traducciones, en el caso que el solicitante no pudiere presentarse personalmente en la Agencia Consular, podrá autorizar a una persona de su confianza. La autorización, firmada por el delegante, debe acompañarse con una copia del documento de identidad argentino del mismo, del cual resulte la residencia en esta circunscripción consular.
Para mayor información: http://www.esteri.it/MAE/IT/Italiani_nel_Mondo/ServiziConsolari/TraduzioneLegalizzazioneDocumenti.htm