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Pasaportes

 

Pasaportes

Pasaportes

Normativa de referencia: Ley n. 1185 del 21 de noviembre de 1967 y sucesivas modificaciones.

Para solicitar el pasaporte es necesario reservar un turno y presentarse personalmente en esta Agencia Consular durante el horario de atención al público.

 

INFORMACIONES GENERALES

La Oficina Pasaportes de la Agencia Consular de Morón tiene competencia para la emisión de pasaportes a los ciudadanos italianos residentes en su circunscripción consular, la cual comprende los siguientes partidos: Hurlingham, Ituzaingó, La Matanza y Morón. Para aquéllos que no sean residentes, se podrá proceder a la emisión del pasaporte sólo después de la obtención de la autorización de parte de la autoridad italiana competente por residencia (Questura u otro Consulado).

Premisa fundamental para el otorgamiento del pasaporte es estar inscriptos en el Registro Consular, es decir, haber presentado ante nuestra Agencia Consular un eventual cambio de domicilio atravès del sitio Fast It, (el nuevo domicilio debe estar presente en el DNI) y haber presentado eventuales actas de matrimonio y/o sentencias de divorcio y/o actas de nacimiento de hijos menores de 18 años. Se sugiere por tal motivo comunicar con tiempo cada cambio.

El pasaporte electrónico está dotado de particulares características de impresión contra falsificación y de un microchip que permite el registro de los datos – certificados electrónicamente – del titular del documento y de la Autoridad que lo ha emitido. Sobre la base de las disposiciones vigentes, todos los pasaportes de nueva emisión contienen el microchip, la imagen del rostro y las huellas digitales del titular. También para los menores de edad a partir de los doce años es obligatoria la adquisición de las huellas digitales. Es necesaria la presencia de los menores el día del turno sin excepción.

TURNOS

Reserva de turnos on line: cada ciudadano italiano tiene la facultad de reservar un turno para sí y para sus familiares directos (cónyuge e hijos convivientes), siempre que haya turnos disponibles tambièn para sus familiares.
Para mayores detalles ingrese aquí.

Reserva de turnos por mail: podrán solicitar un turno enviando un correo electrónico a passaporti.moron@esteri.it adjuntando copia del D.N.I. y, en caso de urgencia, la documentación comprobante de la misma, solamente en los siguientes casos:

  • Los ciudadanos italianos que posean solo ciudadanía italiana EN LOS CASOS DE COMPROBADA Y GRAVE EMERGENCIA (por ej. robo de pasaporte o urgencia por viajar).
  • Los ciudadanos italianos mayores de 65 años.
  • Los ciudadanos italianos discapacitados.

NO SE TOMARAN EN CONSIDERACION LAS SOLICITUDES DE TURNOS DESPROVISTAS DE LA DOCUMENTACION REQUERIDA.

 

COSTO Y VALIDEZ DEL PASAPORTE

El costo en Pesos Argentinos para la emisión del pasaporte varía trimestralmente.

La tarifa consular desde el 17/08/2023 hasta el 30/09/2023 será de 32.050 pesos por cada pasaporte.

La tarifa consular a partir del 01/10/2023 será de 38.000 pesos por cada pasaporte.


SE RUEGA VERIFICAR AQUI EL IMPORTE ANTES DE REALIZAR LA TRANSFERENCIA.
En caso de modificación del taso de cambio euro/peso después del pago y antes de la expedición del pasaporte, podrá solicitarse un pago adicional. ATENCIÓN: las tarifas que se aplican son las vigentes al día del turno y no aquellas vigentes al momento de la solicitud.


Se deberá abonar el arancel consular en pesos argentinos, por transferencia bancaria, únicamente el TERCER (3º) DIA HABIL ARGENTINO ANTERIOR A LA FECHA DEL TURNO y tendrán que figurar los siguientes datos:
- CBU Cuenta de Destino: 0340128200128007064015, a nombre de la Agencia Consular de Italia de Morón. Alias: BODA.JABON.LEON
- Motivo: VARIOS
- Referencia: APELLIDO y nombre del solicitante del turno
- Asunto de transferencia: APELLIDO y nombre de quienes solicitan el pasaporte.

Luego de realizar la transferencia se deberá enviar un mail a la casilla passaporti.moron@esteri.it
(es importante escribir SÓLO A ESTE CORREO ELECTRÓNICO) con los siguientes datos:
Asunto: PASAPORTE. APELLIDO y nombre del solicitante del turno, más la fecha del turno.
Adjunto: Adjuntar el comprobante de pago
Cuerpo del mail: Si no es quien solicitó el turno, especificar titular de la cuenta desde la cual se haya realizado la transferencia bancaria (MUY IMPORTANTE).


Esta Agencia Consular procederá a restituir lo abonado por quienes paguen sin tener un turno valido o cancelado por la oficina de pasaportes.

Los pasaportes son válidos por 10 años para los mayores de 18 años, 5 años para los menores de 4 a 17 años y 3 años para los menores de 3 años Y NO SON RENOVABLES.

Desde el 8 de julio de 2014 se ha cancelado el pago del impuesto anual al pasaporte.

 

DOCUMENTACION NECESARIA PARA LA EMISIÓN DEL PASAPORTE

La documentación que se indica a continuación tiene que ser presentada en original, juntamente a una fotocopia. La Agencia Consular se reserva de todas formas, después haber evaluado cada caso, la facultad de solicitar eventual ulterior documentación.

Ciudadanos nacidos en Italia:

  • Certificado de la Cámara Nacional Electoral en el cual resulte su nombre en italiano y español.(debe coincidir con el certificado de nacimiento italiano y el DNI argentino). Siempre que dicho certificado nunca se hubiera presentado o si hubiera sido expedido antes del 16 de agosto de 1992 o si no se indicaran los nombres en español e italiano.

Ciudadanos nacidos en el exterior:


Solicitante con hijos menores de 18 años:

Desde el 14 de junio 2023 no es mas necesario presentar el consentimiento del otro progenitor al fin de la emisión del pasaporte, según el D.L. 69/2023.

En particular, la normativa nueva en el artículo 3-bis de la Ley 1185/1967 indica que, cuando existe un concreto y actual peligro que al trasferise al exterior el progenitor pueda incumplir con las obligaciones hacia sus hijos, será posible por parte del otro progenitor solicitar una inhibición para la emisión del pasaporte.

La solicitud podrá ser presentada al Juez competente en el Tribunal ordinario en la que el menor tenga residencia o, si el menor reside en el exterior, en el Tribunal competente de la localidad de inscripción AIRE

Para la emisión del pasaporte de menores sigue siendo obligatorio la firma del consentimiento por parte de ambos progenitores o sus tutores legales.

 

PASAPORTE PARA MENORES

Todos los menores deben poseer un pasaporte individual; a los fines de su emisión, es necesario el consentimiento de ambos padres (ver "cómo se otorga el consentimiento").

Cabe destacar que la inscripción del menor en el pasaporte de los padres ya no es válida y que el menor podrá viajar al extranjero únicamente presentando un documento de viaje individual.

Los pasaportes de los padres con las inscripciones de hijos menores mantienen su validez hasta el vencimiento natural, pero sólo para el titular.

El pasaporte individual tendrá validez:

  • de 3 años para los menores hasta 3 años de edad;
  • de 5 años para los menores entre los 3 hasta los 17 años de edad.

Para la emisión del pasaporte es siempre necesaria la presencia del menor provisto de:

  • último pasaporte italiano (original y fotocopia) si fuera titular de un pasaporte individual. En cambio, si el menor estuviera inscripto en uno o en ambos pasaportes de sus progenitores, es necesario que sean presentados estos pasaportes, aún en el caso en que estuvieran vencidos o anulados);
  • D.N.I. (original y fotocopia) emitido hace menos de diez años con dirección actualizada, cuya fotografía permita la identificación del menor. El DNI del menor debe tener una fotografía que permita la identificación del mismo, aunque dicho documento se encuentre vigente. Si no fuera posible la identificación del menor no se procederá a emitir el pasaporte.
  • 2 fotos recientes, iguales, formato carnet (35x40mm), NO en formato digital, color, fondo blanco, de frente, de cerca y con la frente descubierta

Es necesario adquirir las huellas digitales y la firma digital da los menores que hayan cumplido los 12 años.

Para los menores de edad inferior a los 14 años, el uso del pasaporte está de todos modos subordinados a la condición el menor viaje acompañado por al menos uno de sus progenitores (o tutor u otra persona delegada para acompañarlo).

 

CÓMO SE OTORGA EL CONSENTIMIENTO PARA LA EMISIÓN DEL PASAPORTE

La Ley Italiana requiere el consentimiento de ambos padres para otorgar el pasaporte a un menor.

El consentimiento puede manifestarse por escrito de las siguientes maneras:

  • personalmente, (es decir que el otro progenitor debe estar presente) en la Sede de la Agencia Consular al momento de la presentación de la solicitud del pasaporte (se recuerda que quién otorga el consentimiento debe presentar un documento de identidad vigente (original y fotocopia).
  • personalmente en cualquiera de las Oficinas Públicas de la Administración Italiana (habilitadas para la declaración de autenticidad de las firmas);
  • personalmente delante de un Escribano argentino, con acta notarial apostillada y traducida al italiano

Los ciudadanos de cualquier país de la Unión Europea pueden expresar el consentimiento llenando y firmando el correspondiente formulario (descargar modelo de acta de consentimiento - assenso)y adjuntando la copia de un documento expedido por un país de la Unión Europea donde figure la firma del declarante.

Qué hacer en caso de rechazo del consentimiento:

Entre los motivos que pueden llevar a denegar el consentimiento se encuentran aquellos vinculados al incumplimiento de las obligaciones alimentarias y de mantenimiento de los menores.

En ausencia del consentimiento del otro progenitor, el Agente Consular – en su investidura de Juez Tutelar de los menores residentes en su Circunscripción Consular y luego de haber efectuado una serie de verificaciones - podrá evaluar si autorizar el otorgamiento del Pasaporte al solicitante, mediante el correspondiente Decreto Consular. A tal fin, el solicitante o el progenitor que brinda el consentimiento deberá presentar una carta firmada en la cual explique los motivos por los cuales el otro progenitor se niega a firmar el acto de consentimiento. Será necesario indicar el domicilio completo y eventuales números telefónicos del otro progenitor.

 

DOCUMENTOS A PRESENTAR EN CASO DE ROBO O EXTRAVÍO DEL PASAPORTE PARA TODOS, RESIDENTES Y NO RESIDENTES EN LA CIRCUNSCRIPCION CONSULAR:

Para los residentes en la circunscripción consular:

Será emitido un nuevo pasaporte, según las habituales modalidades, después haber dado comunicación del robo/extravío, de parte de esta Agencia Consular, a las Autoridades italianas competentes.

Para los NO residentes en la circunscripción consular:

En el caso deban regresar a Italia, se emitirá un documento de viaje provisorio (Emergency Travel Document):

En el caso deban cruzar otras fronteras antes de ingresar a Italia y sea necesaria la emisión de un nuevo pasaporte, la Agencia Consular solicitará a la Autoridad Italiana competente por residencia, la delega. Esto será posible siempre y sólo si el denunciante está provisto de un documento de identidad.

En ambos casos será necesario presentar el pasaje aéreo que compruebe las sucesivas etapas del viaje.


ADVERTENCIAS GENERALES

  • Se sugiere presentar la solicitud de un nuevo pasaporte con debida antelación respecto a la fecha de un eventual viaje.
  • Se aclara que la exhibición del DNI actualizado es debida ya sea a la necesidad de documentar la efectiva residencia en esta circunscripción consular y permitir la efectiva identificación del titular, como también a la necesidad de uniformarse a la ley italiana, la cual prevé que los documentos de identidad hayan sido emitidos hace menos de diez años.
  • La fotografía debe ser reciente. Dimensiones: entre 35 y 40mm de ancha y alto proporcional, es decir, entre 40 y 53 mm de alta. No se aceptarán fotografías de tamaño inferior. - La cabeza y la parte superior de los hombros deben ocupar entre el 70 y el 80% de la fotografía. Desde la parte superior de la cabeza hasta el borde superior de la fotografía debe haber al menos dos milímetros de separación. - El fondo debe ser blanco y uniforme, sin sombras. No debe aparecer tampoco el respaldo de la silla sobre la que esté sentada la persona fotografiada. - La fotografía ha de ser en color, centrada y enfocada. - La cara de la persona debe aparecer mirando directamente a la cámara, no de perfil ni mirando por encima del hombro, y no debe haber sombras sobre la cara ni sobre el fondo. - Los ojos deben estar abiertos, no rojos por el efecto del flash y no cubiertos por el pelo.
  • El DNI argentino debe tener una fotografía que permita la identificación del solicitante, aunque dicho documento se encuentre vigente, si no fuera posible la identificación no se procederá a emitir el pasaporte, debiendo el solicitante realizar ante las autoridades argentinas el trámite para la emisión de un nuevo DNI.

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